La Secretaría de Salud Pública intensificó los controles y recuerda qué deben cumplir los establecimientos y qué pueden verificar los usuarios.


Manizales, septiembre de 2026. El crecimiento de los servicios y procedimientos estéticos en Colombia también ha puesto sobre la mesa una pregunta fundamental: ¿qué condiciones debe cumplir un establecimiento antes de ofrecer un procedimiento que puede tener implicaciones sobre la salud?
En Manizales, la Secretaría de Salud Pública adelanta acciones de inspección, vigilancia y control a establecimientos que ofrecen servicios estéticos, en articulación con la Secretaría del Interior y la Policía Nacional.
Los operativos buscan verificar que los establecimientos cumplan las condiciones sanitarias, técnicas y de funcionamiento que correspondan a los servicios ofrecidos. Cuando se encuentran incumplimientos, pueden adoptarse las medidas sanitarias y administrativas previstas por la normatividad, incluso el cierre del establecimiento cuando las circunstancias así lo determinen.
La intervención de las autoridades ocurre en un contexto en el que los tratamientos relacionados con cuidado de la piel, armonización facial, rejuvenecimiento y otros procedimientos estéticos tienen una presencia cada vez mayor en el mercado.
La Secretaría de Salud Pública recuerda que detrás de cada procedimiento hay una persona expuesta a determinados riesgos y que la formalidad comercial de un establecimiento, por sí sola, no significa que pueda realizar cualquier tipo de intervención.
No todos los servicios estéticos tienen los mismos requisitos
Uno de los puntos centrales de la información entregada por la Secretaría de Salud Pública es la diferencia entre las actividades que puede desarrollar un establecimiento de estética y aquellas que corresponden a procedimientos y servicios de salud.
Los requisitos dependen de la naturaleza de la actividad, de la forma como se realiza y de los riesgos que pueda representar para la persona.
Los centros de estética deben cumplir condiciones sanitarias relacionadas, entre otros aspectos, con infraestructura, bioseguridad, equipos, mantenimiento, manejo de insumos, documentación y competencias del personal.
El marco mencionado por la Administración Municipal incluye la Ley 711 de 2001 y la Resolución 2263 de 2004, además de las disposiciones aplicables cuando las actividades corresponden propiamente a servicios de salud.
Esto significa que tener un establecimiento comercial formalmente constituido no es suficiente para prestar cualquier procedimiento.
La regulación diferencia los procedimientos cosméticos y no invasivos de aquellas actividades que implican intervenciones, técnicas invasivas o finalidades terapéuticas.
Cuando un servicio corresponde al ámbito de la salud, entran en juego requisitos adicionales de inscripción y habilitación.
Botox, ácido hialurónico, plasma y otros procedimientos
La Secretaría de Salud Pública señala que algunos procedimientos que pueden ofrecerse dentro del mercado estético corresponden a servicios de salud y, por tanto, deben cumplir las condiciones de inscripción y habilitación establecidas por el Sistema Único de Habilitación, de acuerdo con la Resolución 3100 de 2019.
Entre los ejemplos mencionados están:
- aplicación de sueros vitamínicos;
- plasma rico en plaquetas;
- aplicación de botox;
- aplicación de ácido hialurónico;
- depilación láser;
- aplicación de quemadores;
- micropigmentación.
La clasificación y los requisitos dependen del procedimiento y de las condiciones concretas en las que se presta.
El punto fundamental para el usuario es que no debe asumir que un procedimiento puede realizarse en cualquier establecimiento simplemente porque se ofrece comercialmente o porque aparece anunciado en redes sociales.
Las condiciones de habilitación tienen precisamente como propósito establecer requisitos destinados a proteger la seguridad de quienes reciben los servicios.
El precio no debería ser el único criterio
Las promociones, descuentos y fotografías de resultados pueden tener un peso importante cuando una persona busca un tratamiento estético.
Sin embargo, la Secretaría de Salud Pública invita a los ciudadanos a no elegir un establecimiento únicamente por el precio, la publicidad o los resultados publicados en redes sociales.
Antes de someterse a un procedimiento, el usuario puede hacer varias preguntas básicas.
¿Qué procedimiento se va a realizar?
¿Quién lo realizará?
¿Qué formación y competencias tiene la persona encargada?
¿Qué productos serán utilizados?
¿Qué equipos se emplearán?
¿El establecimiento cuenta con las condiciones sanitarias correspondientes?
Y, cuando se trate de un servicio de salud, ¿el establecimiento y el servicio están debidamente habilitados?
Estas preguntas permiten trasladar parte de la decisión desde la publicidad hacia la información verificable.
¿Qué papel cumple el consentimiento informado?
Otro de los aspectos destacados por la Secretaría de Salud Pública es el consentimiento informado.
Firmar un documento antes de un procedimiento no significa que el establecimiento o el profesional queden exentos de cumplir las obligaciones legales, sanitarias y profesionales que les corresponden.
El consentimiento informado tiene una función específica: permitir que la persona conozca las características del procedimiento, sus posibles riesgos y las alternativas disponibles.
Por eso, la firma de un consentimiento no convierte automáticamente en permitido un procedimiento que no debería realizarse en determinado establecimiento.
Tampoco reemplaza los requisitos de habilitación, las condiciones de bioseguridad, las competencias del personal ni las demás obligaciones establecidas por la normatividad.
La responsabilidad sobre la seguridad, por tanto, involucra tanto a quienes ofrecen estos servicios como a quienes los utilizan.
La advertencia de la Secretaría de Salud
Los controles que actualmente se realizan en Manizales buscan verificar precisamente esas condiciones.
La Secretaría de Salud Pública desarrolla las acciones de inspección y control de manera articulada con la Secretaría del Interior y la Policía Nacional.
La revisión puede involucrar las condiciones del establecimiento, los procedimientos que se realizan, los equipos, los insumos, la documentación y las competencias de quienes prestan los servicios.
Cuando los funcionarios encuentran incumplimientos, estos pueden dar lugar a las medidas sanitarias y administrativas correspondientes, dependiendo de la naturaleza y gravedad de cada situación.
Por eso, la Administración Municipal hizo un llamado a propietarios y responsables de centros de estética para que revisen sus condiciones de funcionamiento antes de recibir una visita de inspección.
El secretario de Salud de Manizales, David Eduardo Gómez Springstube, resumió el llamado de la Administración Municipal de esta manera:
“La invitación a los empresarios del sector es a revisar desde ahora sus condiciones de funcionamiento. El cumplimiento de la normatividad no solamente evita posibles medidas sanitarias, sino que, principalmente, contribuye a proteger la salud y la vida de quienes confían en estos servicios”.
La declaración pone el énfasis en una doble responsabilidad: cumplir las disposiciones vigentes y entender que las exigencias sanitarias tienen como finalidad proteger a las personas que reciben los procedimientos.
Los usuarios también pueden verificar
La protección de la salud no depende exclusivamente de los operativos de las autoridades.
Antes de acceder a un procedimiento, los ciudadanos pueden solicitar información al establecimiento y preguntar directamente por las condiciones en las que será realizado.
En los servicios de salud, además, existe una herramienta institucional para consultar información sobre los prestadores: el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS).
La Secretaría de Salud Pública recomienda utilizar esta información para verificar que el servicio que se pretende recibir se encuentre debidamente habilitado cuando corresponda.
Esto adquiere especial importancia frente a procedimientos que pueden parecer similares desde el punto de vista comercial, pero que tienen requisitos diferentes desde la perspectiva sanitaria.
Una promoción en redes sociales puede mostrar un resultado; el REPS y la información del establecimiento permiten comprobar aspectos relacionados con quién presta el servicio y bajo qué condiciones.
La bioseguridad también hace parte del procedimiento
Un procedimiento estético no puede analizarse solamente por el resultado que se espera obtener.
Las condiciones de infraestructura, los equipos, el mantenimiento, los productos utilizados, la documentación y las medidas de bioseguridad hacen parte del entorno en el que se desarrolla la actividad.
Por eso, las autoridades sanitarias revisan diferentes componentes del funcionamiento de los establecimientos.
El objetivo es identificar situaciones que puedan representar riesgos para la salud y promover que los servicios se desarrollen dentro de las condiciones establecidas.
La recomendación para los establecimientos es revisar de manera preventiva sus procesos, en lugar de esperar a que una visita de inspección revele incumplimientos.
Para los usuarios, la recomendación es igualmente preventiva: preguntar antes de someterse al procedimiento y no tomar la decisión exclusivamente a partir de una oferta comercial.
Una decisión que empieza antes del procedimiento
La popularidad de los servicios estéticos ha ampliado las alternativas disponibles para quienes buscan determinados tratamientos.
Pero esa diversidad de opciones también hace más importante distinguir entre un servicio cosmético, un procedimiento estético y un servicio de salud, porque las condiciones exigidas no necesariamente son las mismas.
El usuario tiene derecho a recibir información sobre el procedimiento, sus características y sus posibles riesgos.
También puede preguntar quién lo realizará, qué productos y equipos serán utilizados y cuáles son las condiciones del establecimiento.
Cuando se trate de servicios sujetos a habilitación, puede consultar la información correspondiente en el REPS.
Estas acciones no sustituyen las obligaciones de los prestadores ni trasladan al ciudadano la responsabilidad sanitaria que corresponde a los establecimientos y profesionales.
Sí permiten, sin embargo, que la persona llegue al procedimiento con mayor información sobre lo que está contratando.
Inspección y prevención continuarán en Manizales
La Secretaría de Salud Pública anunció que las acciones de inspección, vigilancia y control continuarán en la ciudad, especialmente frente a condiciones que puedan representar riesgos para la salud de los usuarios.
Los operativos se mantendrán de manera articulada con la Secretaría del Interior y la Policía Nacional.
Para los establecimientos, el mensaje es revisar desde ahora sus condiciones de funcionamiento y mantener ajustados a la normatividad sus equipos, procedimientos, personal y documentación.
Para los usuarios, la recomendación es no dejar la decisión exclusivamente en manos de la publicidad, el precio o las fotografías de resultados.
Preguntar, verificar y conocer las condiciones del servicio también hace parte del cuidado.
Porque detrás de cada procedimiento estético hay una persona. Y, como plantea la Administración Municipal, la protección de su salud debe estar por encima de cualquier promoción, tendencia o resultado esperado.

